Título PER
Atribuciones del título
Este título le permitirá el gobierno de cualquier tipo de moto náutica en las zonas delimitadas para ello y el gobierno de embarcaciones de hasta doce metros de eslora en la zona de navegación comprendida entre la costa y la línea paralela trazada a 12 millas, así como la navegación entre los archipiélagos.
Requisitos para obtener el título
Para la obtención del título es necesario aprobar el examen teórico correspondiente y aprobar un examen práctico o acreditar la realización de las prácticas básicas de seguridad y navegación a motor, así como las prácticas de radiocomunicaciones. Es necesario ser mayor de 18 años para su obtención o mayor de 16 años y presentar un consentimiento paterno. Junto con la documentación de examen será necesario presentar un certificado médico según la normativa vigente.
Normativa vigente
La normativa vigente por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo es la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE nº 264/2007 del 3 noviembre).
Esta normativa recoge todos los aspectos relacionados con la obtención de titulaciones náuticas. La Dirección General de la Marina Mercante es el órgano competente para la expedición de titulaciones náuticas, salvo en aquellas comunidades autónomas que tengan las competencias transferidas.